Carta de Derechos del Donante

La filantropía se basa en la acción voluntaria por el bien común. Es una tradición de dar y compartir que es primordial para la calidad de vida. Para garantizar que la filantropía merezca el respeto y la confianza del público en general, y que los donantes y posibles donantes puedan tener plena confianza en las organizaciones sin fines de lucro y las causas que deben apoyar, declaramos que todos los donantes tienen estos derechos:

  1. Ser informado de la misión de la organización, de la forma en que la organización pretende utilizar los recursos donados y de su capacidad para utilizar las donaciones de manera eficaz para los fines previstos.
  2. Ser informado de la identidad de los miembros de la junta directiva de la organización y esperar que la junta ejerza un juicio prudente en sus responsabilidades de administración.
  3. Tener acceso a los estados financieros más recientes de la organización.
  4. Para estar seguros de que sus dones serán utilizados para los fines para los cuales fueron dados.
  5. Para recibir reconocimiento y reconocimiento apropiados.
  6. Tener la seguridad de que la información sobre su donación se maneja con respeto y confidencialidad en la medida prevista por la ley.
  7. Esperar que todas las relaciones con personas que representan organizaciones de interés para el donante sean de naturaleza profesional.
  8. Ser informado si quienes buscan donaciones son voluntarios, empleados de la organización o solicitantes contratados.
  9. Tener la oportunidad de que sus nombres sean eliminados de las listas de correo que una organización puede tener la intención de compartir.
  10. Para sentirse libre de hacer preguntas al hacer una donación y para recibir respuestas rápidas, veraces y sinceras.

El texto de esta declaración en su totalidad fue desarrollado por la Asociación Estadounidense de Asesores de Recaudación de Fondos (AAFRC), la Asociación para la Filantropía en el Cuidado de la Salud (AHP), el Consejo para el Avance y Apoyo de la Educación (CASE) y la Asociación de Profesionales de la Recaudación de Fondos (AFP), y adoptado en noviembre de 1993.


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